PILOTO DE DRON OFICIAL

Ante todo, te conviene saber que nunca operamos fuera de la legalidad. En estos momentos las actividades con drones se regulan según el Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto.

A continuación se detallan una serie de cosas que la ley no permite, sólo en escenarios muy concretos. Por tu seguridad y la de los demás, debemos ser especialmente precavidos al estudiar propuestas que incluyan:

Volar sobre edificios o núcleos urbanos, sobre aglomeraciones de personas, de noche, con condiciones meteorológicas adversas y volar en espacio aéreo controlado, prohibido o restringido.

Lo primero que haremos si quieres contar con nuestros servicios será asegurarnos de que la operación es viable según estos términos. Para ello haremos un estudio detallado de la aeronavegabilidad de la zona, y a menudo implica realizar estudios de seguridad y tramitar permisos con ministerios y la AESA, Si por alguno de los motivos expuestos el trabajo no se puede realizar, buscaremos contigo una alternativa para que tu idea salga adelante.